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Título

Requisitos sanitarios de ingreso al país y derogación de disposición de cierre de fronteras terrestres 14.02.22

Descripción

A partir del 14 de febrero de 2022, entró en vigor el Decreto Supremo N° 015-2022-PCM, “Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 184"2020"PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID"19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social".

Al respecto, en su primer artículo, numeral 8.5. reitera que toda persona que tenga como destino final el territorio nacional, en calidad de pasajero e independientemente del país de procedencia, debe acreditar el haber completado su esquema de vacunación contra la COVID-19, en el Perú y/o en el extranjero; en su defecto, puede presentar una prueba molecular (PCR) negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar.


La mencionada modificación también dispone que aquellas personas que muestren síntomas al arribar al territorio nacional ingresarán a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia. De igual forma, se faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional para la toma de pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria por las variantes de preocupación de la COVID-19, o que hayan realizado escala en estos lugares.


Asimismo, se recuerda que mediante la Resolución Ministerial N° 1195-2021-MTC/01, se aprobaron los “Lineamientos Sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros y Carga". En los mencionados lineamientos se confirman las medidas sanitarias de ingreso al país en vuelos internacionales, de la obligación de completar el formato en línea "Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización" alojado en la página web del Ministerio de Salud (https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/), dentro de las 72 horas previas al viaje. Asimismo, se informa que los pasajeros deben utilizar la protección respiratoria adecuada (doble mascarilla o una mascarilla con gran capacidad de filtración: N95, KN95, etc.).


Decreto Supremo N.° 015-2022-PCM.pdfDecreto Supremo N.° 015-2022-PCM.pdf

Fecha de Publicación

15/02/2022

Datos adjuntos

Creado el 15/02/2022 01:00 a.m. por Coral de Cielo Cano Gallardo
Última modificación realizada el 15/02/2022 01:00 a.m. por Coral de Cielo Cano Gallardo